Derechos del franquiciado y franquiciador
Derechos del franquiciado y
franquiciador
Hemos hablado de las obligaciones que implica el sistema de franquicias para las partes que en él participan, pero no todo son obligaciones. Tanto franquiciador como franquiciado también tienen unos derechos que adquieren al firmar el contrato de franquicia y que les protegen y benefician.
Los derechos que se adquieren al firmar un contrato de franquicia pueden variar dependiendo de la actividad de la empresa y su protocolo, pero hay algunos derechos que son comunes a la mayor parte de las franquicias.
Franquiciado
Veamos los derechos fundamentales que adquiere el franquiciado al firmar el contrato de franquicia:
• Uso de la marca – El franquiciado tiene derecho a usar la marca de la empresa franquiciadora para desarrollar su negocio en una ubicación determinada. Además de la marca, también puede usar la imagen y el diseño de la empresa para montar su franquicia.
• Asistencia inicial y continua – El franquiciado tiene derecho a recibir asistencia técnica y asesoría por parte del franquiciador tanto para iniciar su negocio como mientras dure la explotación de éste de forma continua. Además, debe recibir también la formación inicial y continua necesaria para poder desarrollar el negocio de manera óptima.
• Exclusividad geográfica – El franquiciado tiene derecho a tener la exclusiva de la marca en la zona geográfica en la que vaya a operar, así se asegura de no tener competencia de la misma marca en su territorio.
• Uso del “know how” – El franquiciado debe recibir un manual de la franquicia donde aparezca toda la información necesaria para llevar a cabo su negocio de acuerdo a los estándares de la marca franquiciadora. Este manual también debe incluir los procedimientos que la marca lleva a cabo para desarrollar su actividad explicados detalladamente para que el franquiciado pueda reproducirlos en el desarrollo de su negocio.
• Suministro de bienes – El franquiciado tiene derecho a que la marca franquiciadora le suministre los productos o elementos necesarios para la prestación de servicios necesarios para el desarrollo de su actividad comercial.
• Independencia – El franquiciado tienen derecho a que se respete su independencia empresarial y a no subordinarse a la marca más allá del contrato de franquicia.
• Ser informado de los cambios – El franquiciado tiene derecho a que se le notifiquen los cambios que se realicen en la marca o su diseño o procedimientos mientras dure su contrato de franquicia.
Franquiciador
Por su parte, el franquiciador cuando firma un contrato de franquicia por su marca con otro emprendedor o empresa, también adquiere una serie de derechos:
• Cobro de cánones – El franquiciador tiene derecho a cobrar un canon inicial por la cesión de los derechos de su marca, así como royalties periódicos por los servicios que presta de forma continua al franquiciado.
• Propiedad intelectual de la marca – El franquiciador tiene derecho a conservar la propiedad intelectual de la marca como exclusivamente suya aunque ceda los derechos de explotación a los franquiciados para un fin concreto.
• Uso de su “know how” – El franquiciador tiene derecho a que todos los negocios que se exploten con su marca sigan sus mismos procedimientos y protocolos para evitar problemas de mala gestión o que la imagen de la marca no sea homogénea. Además, tiene derecho a exigir que esto se cumpla y tomar las medidas necesarias para comprobar que se está haciendo.
• Homogeneidad estética en las franquicias – El franquiciador tiene derecho a que su criterio estético y el diseño que la marca ha creado para sus locales se establezca en todas las franquicias de la misma manera. Esto implica que los franquiciados no pueden hacer modificaciones en el diseño de los locales, productos o cualquier elemento relativo a la empresa franquiciadora
• Acceso a los datos de las franquicias – El franquiciador tiene derecho a estar informado de los datos de ventas, costes y beneficios de cada una de sus franquicias y a que esta información sea veraz y verificable. De igual manera, debe ser informado del estado del negocio tanto a nivel financiero como en su relación con el consumidor.
• Exclusividad de sus productos – La empresa franquiciadora tiene derecho a que en las franquicias en las que se explote su marca ésta tenga exclusividad y no se ofrezcan productos ni servicios de otras empresas ajenas a la marca.
• Confidencialidad – El franquiciador tiene derecho a que se proteja el secreto de su “know how” y a que sus métodos y procedimientos no sean revelados ni hechos públicos por los franquiciados.
• Actualizarse – El franquiciador tiene derecho a hacer pequeños cambios en su marca y procedimientos con el fin de seguir desarrollándose y adaptarse a los cambios del mercado. Esto incluye que los franquiciados deben aceptar y asimilar esos cambios y ponerlos en práctica.